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OTRO DELINCUENTE CONDENADO POR “JUICIO ABREVIADO” A MÁS DE CUATRO AÑOS DE PRISIÓN Desde la Fiscalía se logró la condena de Jalil González Jatum a 4 años y 2 meses de prisión a través del “juicio abreviado”.
El juez Rodolfo Blanco avaló el
acuerdo logrado para que
Jalil González Jatum sea
condenado a 4 años y 2 meses de
prisión de efectivo cumplimiento por
diversos hechos delictivos, entre
ellos, portación de arma de guerra.
Cabe recordar que en las últimas
semanas, más de 10 delincuentes de
la ciudad fueron condenados a través
del “juicio abreviado” a cumplir
penas de efectivo cumplimiento por
causas de “hurtos” y “robos”. Entre
los reos condenados se encuentran
Rodrigo Pintos y Flavio Bustos,
condenados a 6 meses de prisión;
Flavio Bustos, a dos meses;
Jorge “Colito” Álvarez Borquez,
que deberá pasar dos años tras las
rejas; también Cristian Aguirre
y Darío Sandoval fueron
sentenciados a cumplir 3 años de
prisión de efectivo cumplimiento y
además un menor deberá cumplir una
pena de 4 años de prisión. Al
respecto, la fiscal Miriam Pazos
informó que "una de las ventajas del
juicio abreviado es que la pena, al
ser aceptada por el imputado (quien
debe reconocer su culpabilidad) y
acordada entre las partes, no se
impugna y automáticamente queda
firme”. A su vez, “también es
una solución para las víctimas y
testigos, ya que no debe atravesar
las numerosas etapas del proceso
judicial”. La Fiscal, a cargo de la
“Agencia de Respuestas Judiciales
Rápidas”, indicó que “el juicio
abreviado consiste, en síntesis, en
la posibilidad del imputado en
admitir su culpabilidad en el hecho
que se le imputa y prestar
conformidad sobre la calificación
legal y la pena solicitada por la
Fiscalía; de esta manera no se
realiza el juicio y se dicta la
sentencia conforme lo pactado”. Pero
aclaró que “esta especie de "salto"
en el trámite convencional se puede
realizar en delitos con una pena
menor a ocho años y cuando los
imputados reconozcan su
culpabilidad”.
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Se realizará el juicio contra el delincuente que robó vestido de policía El “Cebolla” Díaz se disfrazó de policía y haciéndose pasar por un oficial, ingresó a un domicilio céntrico y amenazó a los integrantes de una familia con un arma para robarles una fuerte suma de dinero. Fue apresado y se realizó la etapa anterior al juicio, donde el Juez Rodolfo Blanco avaló el pedido de la Fiscalía para que continúe detenido hasta el debate oral y público. El hecho se produjo el 8 de noviembre de 2009 en un domicilio céntrico de la ciudad, cuando a las 22 horas aproximadamente, Juan Carlos “Cebolla” Díaz ingresó a un domicilio vestido con ropa policía y mediante la intimidación con un arma de fuego, ató a los moradores de la casa para apoderarse de una fuerte suma de dinero y bienes personales. A raíz de las tareas investigativas, el imputado fue detenido y durante la etapa anterior al juicio realizada el jueves, la Fiscalía presentó las pruebas y pidió que continúe detenido hasta el debate oral y público. La Fiscalía presentó las pruebas que utilizará en el juicio y solicitó que el imputado continúe detenido con prisión preventiva hasta el debate oral y público. En cambio, la Defensora Pública Angélica Leyba dijo que “los argumentos de la fiscal son formulaciones dogmáticas endebles para sostener la prisión preventiva” y solicitó la libertad del imputado. La fiscal replicó los argumentos y se opuso a las medidas sustitutivas sugeridas por la Defensa, entendiendo que se dan los peligros procesales de fuga y entorpecimiento, sumado a la pena en expectativa y los antecedentes para el imputado. Cabe destacar que el “Cebolla” Díaz, que actualmente se encuentra detenido en la Alcaldía de Trelew, tiene una condena por robo con arma y está bajo proceso por otro robo agravado, a la espera de la audiencia preliminar, y durante el allanamiento realizado en su domicilio, al imputado se le secuestraron los elementos robados y ropa de policía. La calificación legal del hecho esta encuadrada como robo agravado por el uso con arma, indicó la fiscal. El juez Rodolfo Blanco dispuso la prisión preventiva hasta el juicio oral y público e informó que “por registrar una condena, en caso de ser encontrado culpable, la condena que sufrirá el imputado será de cumplimiento efectivo”. |
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En caso de mala praxis por el cual murió una madre y su bebé PERICIA CALIGRÁFICA DETERMINÓ FALSIFICACIÓN DE UNA HISTORIA CLÍNICALa medica ginecóloga imputada por el “homicidio culposo” de una madre embarazada y su bebé quedaría comprometida en la presunta adulteración de una historia clínica, ya que la pericia caligráfica ordenada por la Fiscalía dictaminó que los datos fueron falsificados.
Esta presunta adulteración de documento público fue descubierto a raíz de la pericia caligráfica efectuada la Unidad Especial de Criminalística de Puerto Madryn, a pedido de los Fiscales. El objeto de la misma fue determinar si se habían agregado datos en la Historia Clínica perteneciente a la víctima y establecer el posible autor de dicha adulteración, ello en base a las indicaciones medicas consignadas en la Historia Clínica por los demás médicos que también habían firmado las demás hojas de la historia clínica mencionada. Realizados los análisis pertinentes, se concluyó en la Pericia Caligráfica que “los textos agregados con tinta negra no se corresponden con las grafías” de una de las profesionales que consigno prescripciones medicas en la historia clínica y que esos mismos textos agregados “presentan marcadas semejanzas con los textos en la historia clínica donde existe firma y sello aclaratorio que reza “Gambande Nélida Tocoginecología M.P. 1184” Además, la pericia aclara que este ultimo texto “fue agregado después de estampada la rúbrica”, es decir, se agregó después que la medica inicial realizó y firmó la historia clínica. “En ella se puede observar claramente que los datos están por sobre la firma de la médica, lo que demuestra que fueron escritos después de haber sido firmado el documento. Además, la pericia caligráfica demuestra que los primeros ítem fueron escritos por una persona diestra, con otro tipo de tinta, y los datos adulterados luego, fueron trazados por una persona zurda, con un tipo totalmente de caligrafía” se informó desde la Justicia. Al respecto, Alberto Enhes, jefe de la Unidad Especial de Criminalística, informó que las pericias caligráficas se pueden realizar ya que "cada persona posee una escritura que les es propia y que se diferencia de las demás". Para poner en situación el caso, se debe recordar que Nélida Gambande era la médica de cabecera y ginecóloga de la victima y está imputada por “homicidio culposo” a raíz de un presunto caso de mala praxis en el cual fallecieron una madre embarazada y su bebe por un virus fácilmente tratable. “Esto ocurrió debido a la desatención de la médica, que restó importancia a los síntomas de una severa infección y no la trató a tiempo ya que, a pesar de los síntomas que presentaba, a la joven no se le hicieron estudios hasta la última vez que acudió a la sala de urgencias, un mes después” informaron desde la fiscalía. Los 2 médicos imputados en el caso de mala praxis obraron con negligencia al omitir la atención de la paciente, deber que se encuentran obligados en su concepto de profesional de la salud expresaron desde el Ministerio Público Fiscal, aunque aclararon que solamente la médica está imputada por falsificación de documento público. Por su parte, la conclusión de la pericia ordenada por la fiscal Marcela Pérez permitirían, además de comprobar que la imputada intentó modificar pruebas, imputarla por el delito de “falsificación de documentos públicos”.
EL CASO AMPLIADO La paciente falleció en agosto del año pasado, después de casi un mes de tener los síntomas de una enfermedad. Los análisis posteriores indicaron que había contraído una grave y severa infección que se extendió a todo su cuerpo, a raíz de la presencia de un “estreptococo grupo A”, que podría haber sido fácilmente tratable con antibióticos si se detectaba a tiempo y aunque acudió varias veces a la Dra. Gambande recién la internaron un mes después. “La infección por estreptococo A no es mortal salvo grosera desatención. Se debe destacar que es obligatorio por ley que todas las embarazadas realicen el estudio por estreptococo B. Ya que si bien raramente afecta a los adultos, la embarazada y su bebe necesitan un seguimiento especial al estar más expuestos a infecciones que la persona promedio” explicaron desde la Fiscalía.
El julio de 2008 la paciente, embarazada de 33 semanas, comenzó a tener fiebre, mucosidad, tos, dificultad para respirar, salpullido, hematomas y dolores en el cuerpo que se agravaron con el transcurso de los días. En los controles que se realizó con su médica de cabecera y ginecóloga, le avisó de sus molestias, pero la Dra. Gambande no estimó necesario hacer estudios sino hasta el mes próximo y le indicó nebulizaciones y paracetamol para la fiebre. Así como crema para el salpullido y los hematomas. En agosto, como la paciente continuaba con fiebre fue a ver a un médico de guardia, quien le indicó reposo, que tome un paracetamol y que por su situación de embarazo sea controlada su médica de cabecera y ginecóloga, quien le dijo que realicen análisis de sangre y que continúe con la ingesta de paracetamol, “todo esto sin ver a la paciente”. A la noche, ya que continuaba con fiebre y descompuesta, intentan reiteradamente comunicarse con la médica a su celular de emergencias, pero no contestaba. Y a la madrugada fueron a una Clínica donde trabajaba la ginecóloga, quien dijo que “ya salía” para el nosocomio , pero no apareció. La volvieron a llamar y respondió “que la atienda el medico de guardia”. El Dr. Ruiz, médico de guardia apareció una hora más tarde y dijo que eran síntomas ginecológicos. A las 6 de la madrugara, a pesar que la paciente seguía con dolores pélvicos, el médico de guardia la envía a su hogar y le ordena realizar una ecografía. Horas más tarde regresó descompuesta a la clínica donde pudieron observar a través de la ecografía como, hasta ese momento, la bebé “estaba en perfecto estado”. Pero como empeoró la situación, la internaron y se comunican con la médica, quien dijo que iba para el lugar. Horas más tarde y cerca del mediodía, finalmente se presenta la doctora, disculpándose “por la tardanza”. A las 13 horas, la paciente tuvo un paro cardiaco en el cual falleció su bebé y al poco tiempo falleció ella. |
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DOS SOSPECHOSOS DE ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA POR MÁS DE 200.000 PESOS EN UNA SUCESIÓNUna abogada local y el ex concubino de la mujer fallecida fueron imputadas por administración fraudulenta en los bienes de sucesión de dos niñas.
Luego de la muerte de la madre de dos niñas, el ex concubino se hizo cargo de las hijas y se lo nombró administrador de la sucesión. En el tramite de sucesión, iniciado en el año 2001 ante el Juzgado Civil y Comercial de la ciudad, se presentó con el patrocinio de una abogada local, a quien le dio un poder para que también administre la sucesión y de esta forma, tanto el ex concubino como la abogada iniciaron un proceso sucesorio. Aunque de numerosos expedientes que manejan los fiscales surgió preliminarmente que los administradores de la sucesión realizaron maniobras defraudatorias en perjuicio de las dos menores, “disponiendo y disfrutando los frutos de distintos bienes, así como ocultando la existencia de otros bienes, lesionando con todo ello los intereses de los sucesores”.
LA GRAN ESTAFA Los administradores de la sucesión “omitieron” rendir cuentas sobre dos inmuebles céntricos y tampoco acreditaron el destino de sumas de dinero superiores a los $30.000 pesos. Además, también “omitieron” escriturar un inmueble adquirido con posterioridad ni acreditaron el destino ni las utilidades de las propiedades de la herencia. Sumado a todo esto, los dos administradores “olvidaron” incluir bienes en la sucesión que deberían haber ingresado en la herencia, como por ejemplo dos vehículos. Uno de los cuales fue vendido por la abogada. También los fiscales poseen pruebas que el ex concubino de la mujer fallecida, que se encontraban separados al momento de la muerte de la mujer, adquirió tres lotes por un valor de $90.000 en carácter de administrador judicial de la sucesión, pero dicha compra no fue mencionada en el expediente de la sucesión. A su vez, la abogada también habría cobrado la pensión que debían recibir las niñas y cobraba el alquiler de una vivienda que era de la sucesión desde el año 2001, todo ello sin rendir cuentas.
De esta forma, el Ministerio Público Fiscal imputó a las dos personas por el delito de “administración fraudulenta”, ya que “omitieron la rendición de cuentas de bienes y fondos como administradores de una sucesión”. Cabe destacar que el articulo 173 del Código Penal, en su articulo 7, reprime con prisión de un mes a seis años al que “por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos”. La audiencia de apertura de investigación por esta causa se realizará el próximo miércoles a las 9 de la mañana en los Tribunales locales.
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